REAL DECRETO 812/2007

Recientemente ha sido aprobado el Real Decreto 812/2007, de 22 de junio, sobre evaluación y gestión de la calidad del aire ambiente en relación con el arsénico, el cadmio, el mercurio, el níquel y los hidrocarburos aromáticos policíclicos.

Mercurio

La directiva 93/62 CE del Consejo, de 27 de septiembre de 1996, sobre evaluación y gestión de la calidad del aire ambiente, estableció con carácter general el régimen jurídico sobre la contaminación atmosférica en el ámbito de la UE, definiendo los objetivos de calidad que se desarrollarían más tarde en cuatro directivas específicas sobre los contaminantes atmosféricos, siendo la más reciente la Directiva 2004/107/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de diciembre de 2004, relativa al arsénico, el cadmio, el mercurio, el níquel y los hidrocarburos aromáticos policíclicos en el aire ambiente.

A través del recién entrado en vigor Real Decreto 812/2007, que encuentra su base en la Ley 38/1972, de 22 de diciembre, de protección del ambiente atmosférico, se introduce en nuestro derecho, el nuevo régimen jurídico comunitario sobre los mencionados contaminantes, desarrollando así la anteriormente mencionada Directiva 2004/107/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de diciembre de 2004.

En este Real Decreto 812/2007, de 22 de junio, se establecen los valores objetivo de la concentración del arsénico, del cadmio, del níquel y de los hidrocarburos aromáticos policíclicos presentes en el aire, con el fin de proteger la salud de la comunidad y el medio ambiente. El benzo(a)pireno será la sustancia encargada de indicar el riesgo cancerígeno de los hidrocarburos aromáticos y policíclicos en el aire ambiente.

CarburanteTambién es el encargado de establecer los métodos y criterios de evolución y de medición de las concentraciones y depósitos de los compuestos regulados, así como la información que ha de comunicarse a los ciudadanos y a las organizaciones, y la que las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales deberán proporcionar a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente.

Tanto las comunidades autónomas, los sectores afectados, así como la participación de los ciudadanos a través de medios telemáticos, han sido consultados para la elaboración de este Real Decreto.

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